Medidas de prevención, control y cuidados ante el Covid-19

22 de may, 2021 Gobierno

Medidas vigentes del 22 al 30 de mayo de 2021 inclusive.


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El Municipio de Mercedes es considerado de ALTO riesgo epidemiológico y sanitario según las autoridades sanitarias nacionales (www.argentina.gob.ar/coronavirus/informes-diarios/partidosde-alto-riesgo), por lo que nos encontramos en FASE 1 y se aplican las medidas anunciadas por los Gobiernos nacional y provincial, y a las que adhirió de manera unánime el Comité de Crisis local.

Vigencia

Desde las 0 horas del sábado 22 de mayo hasta las 0 horas del 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio.

Desde el 1 de junio hasta el 11 de junio (con excepción de los días sábado 5 y domingo 6), volverán a regir las medidas vigentes para la fase en la que nos encontrábamos hasta el día 21 de mayo.

Medidas generales

      Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.0

      Restricción de circulación nocturna desde las DIECIOCHO (18) horas hasta las SEIS (6) horas del día siguientes0

      Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios. 

      Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta.

      En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

ACTIVIDAD COMERCIAL

ESENCIALES – de 6 a 18 horas atención al público y delivery

Supermercados y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas. Ópticas. 

Farmacias: 08hs a 12.30hs y 16hs a 20.30hs mientras que las de turno están las 24hs.

NO ESENCIALES – de 6 a 18 horas UNICAMENTE venta online o delivery.

Indumentaria, calzado, casas de deportes, accesorios, viveros, florerías, regalería, juguetería, mercería, librería, papeleras, artículos para el hogar, bazar, insumos informáticos, venta de electrodomésticos. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas.

No podrán funcionar peluquerías y centros de estética. 

No podrán funcionar rubros relacionados con la obra privada.

GASTRONOMICOS y VENTA COMIDA ELABORADA de 6 a 18 horas venta online con delivery o entrega en el lugar en la puerta sin ingreso al local. Luego de las 18 horas y hasta las 23 horas UNICAMENTE delivery.

Restaurantes, bares, rotiserías, pizzerías, heladerías.

ACTIVIDAD ECONOMICA - SECTOR INDUSTRIAL/AGROPECUARIO

      Personal afectado a la obra pública – NO OBRA PRIVADA. NO OFICIOS NI COMERCIOS CONEXOS A OBRA PRIVADA.

      Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios

      Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.

      Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.

      Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.

      Industrias que realicen producción para la exportación.

SERVICIOS/ACTIVIDADES

      Personas afectadas a realización de servicios funerarios

      Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

      Mantenimiento de los servicios básicos y atención de emergencias. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

      Servicios de lavandería.

      Personal que se desempeña en los servicios de comunicación 

      Servicios postales y de distribución de paquetería.

      Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

      Servicios esenciales de sanitización, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas

      Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para PERSONAL ESENCIAL. 

      Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. 

      Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

      PROFESIONALES DE SALUD NO UCI: Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

     No se encuentran autorizados profesionales independientes no relacionados con el sector salud.

     No se encuentran autorizados personal de casas particulares y cuidado de niños/as.

PERSONAL ESENCIAL DEL ESTADO


En este caso son notificados por cada institución. 

ASISTENCIA DE PERSONAS O SITUACIONES DE FUERZA MAYOR

      Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes

      Personas que deban atender situaciones de fuerza mayor

      Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

      Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. 

      Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar

      Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario